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Hay multa por no votar en Ecuador este 2025.Cortesía

Esta es la multa por no haber votado en Ecuador en Referéndum y Consulta Popular 2025

Multas para miembros de mesa en Referéndum y Consulta Popular 2025: cómo se calculan, montos y quiénes están exentos

El Consejo Nacional Electoral (CNE) recordó a las personas designadas como miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) que la capacitación presencial y la asistencia el domingo 16 de noviembre de 2025 son obligaciones legales: el incumplimiento conlleva sanciones económicas previstas en el Código de la Democracia.

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¿Cuánto es la multa por no capacitarse o no presentarse como miembro de mesa?

La normativa electoral fija sanciones proporcionales al Salario Básico Unificado (SBU). Para 2025 el SBU oficial está establecido en $ 470 mensuales. Sobre esa base se calculan las multas para distintos incumplimientos:

  • No asistir a la capacitación obligatoria: sanción equivalente al 10 % del SBU, esto es $ 47.
  • No presentarse a cumplir funciones como MJRV el día de la consulta (16 de noviembre): sanción del 15 % del SBU → aproximado $ 70,50.
  • Por no votar, la multa es del 10 % del SBU, esto es $ 47

Si una persona suma ambas faltas (no capacitarse y no acudir como miembro de mesa), la multa acumulada llega a $ 117. Y si además la persona no ejerce su voto, el monto total reportado podría ascender a $ 164, según las estimaciones que relacionan las tres sanciones.

Referéndum y Consulta Popular 2025: conoce multas y sanciones.Cortesía

¿Por qué Ecuador aplica estas multas?

El objetivo oficial del CNE al imponer estas sanciones es garantizar que las MJRV cuenten con la formación necesaria para administrar correctamente la votación y evitar dilaciones o errores en el escrutinio. La capacitación presencial reduce tiempos y contribuye a la transparencia del proceso electoral. Las multas funcionan como un mecanismo disuasorio para asegurar la participación en las responsabilidades cívicas asignadas.

¿Quiénes están exentos del voto obligatorio?

El CNE recordó que el voto es obligatorio para ciudadanos entre 18 y 64 años. En cambio, es facultativo (no obligatorio) para: adolescentes de 16 y 17 años; personas mayores de 65 años; ciudadanos en el exterior; miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo; personas con discapacidad y personas analfabetas. Estas condiciones también inciden en la aplicación de multas por no votar o por no asumir funciones de MJRV, según cada caso.

¿Qué hacer si fui designado y no puedo asistir?

Si una persona tiene justificaciones válidas (enfermedad, fuerza mayor u otra causa prevista en la normativa) debe informarlo ante las autoridades electorales y seguir los procedimientos que el CNE haya dispuesto para excusas o reemplazos. Es recomendable revisar la comunicación oficial del CNE y los canales provinciales donde se programó la capacitación.

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