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Quito

Los menores de edad eran obligados a vender dulces bajo sol y lluvia.Cortesía Fiscalía General del Estado.

Cayó red de explotación laboral infantil en Quito: así abusaban de los niños

La Fiscalía pidió prisión preventiva para las mujeres implicadas, pero la jueza de la causa negó el pedido. Lo menores sí permanecerán aislados

Tres mujeres y dos adolescentes, de 15 y 17 años de edad, fueron detenidos el viernes 5 de septiembre de 2025 por su participación en el delito de trata de personas con fines de explotación laboral infantil, ocurrido en el sector de La Carolina, al norte de Quito.

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Las capturas fueron el resultado de nueve meses de investigaciones de la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti), luego de recibir denuncias de que al menos cuatro niños de entre seis y nueve años estaban siendo obligados a trabajar en las calles, bajo condiciones adversas.

Luego de recabar los elementos de convicción suficientes, la Fiscalía y la Policía Nacional allanaron una vivienda en el sector de las Monjas, al sureste de la capital, donde residían los autores del delito, quienes pertenecen al mismo núcleo familiar.

Según las indagaciones del ministerio público y las denuncias de los guardias de seguridad del sector La Carolina, los niños eran forzados a ingresar a los restaurantes para vender caramelos y otros confites, mientras que los adolescentes y las mujeres esperaban afuera para quitarles el dinero.

¿Cómo funcionaba la red de explotación labora infantil?

La explotación laboral infantil se sanciona con cárcel de hasta diecinueve años.Internet

En sus testimonios, los celadores detallaron que los menores explotados eran sometidos a largas jornadas de trabajo bajo condiciones climatológicas adversas, bajo intenso sol y lluvia, sin recibir alimentación adecuada o un pago; además, sufrían violencia física y psicológica, pues eran maltratados verbalmente, golpeados y también les arrojaban objetos.

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La tarde del 6 de septiembre se realizaron las audiencias de formulación de cargos contra las adultas y los adolescentes. Durante las audiencias, la Fiscalía presentó como indicios del crimen videos y fotografías de vigilancia, donde quedaron registrados los presuntos actos de mendicidad y explotación laboral infantil.

En el caso de los menores de edad, la Fiscalía Especializada en Adolescentes Infractores solicitó como medida cautelar el internamiento institucional preventivo, petición que fue acogida por el juez a cargo de conocer la causa.

A las mujeres adultas, en cambio, pese a las pruebas presentadas por la Fedoti, una jueza negó el pedido de prisión preventiva y como medidas sustitutivas dispuso la presentación periódica en una unidad judicial y la prohibición de salir del país.

Luego de la instrucción fiscal del caso, que se extenderá por novena días, los acusados serán juzgados por el delito de trata de personas, tipificado en el artículo 91 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

¿Cómo sanciona la legislación ecuatoriana el delito de trata de personas?

Este inciso define que “toda persona que capte, transporte, traslade, retenga o reciba; en el país, desde o hacia otros países con fines de explotación; para lo cual un tercero recurre a la amenaza, uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, a la concesión o aceptación de pagos o beneficios” está incurriendo en este delito.

El artículo 92 del COIP define que este crimen se sanciona “con pena privativa de libertad de dieciséis a diecinueve años, si la infracción recae en personas de uno de los grupos de atención prioritaria o en situación de doble vulnerabilidad o si entre la víctima y el agresor ha existido relación afectiva, consensual de pareja, conyugal, convivencia, de familia o de dependencia económica o exista vínculo de autoridad civil, militar, educativa, religiosa o laboral”.

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