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Diario Extra Ecuador

Pico y placa suspendido en Quito el 24 y 31 de diciembre, además de los feriados: Alcalde autorizó

La medida fue anunciada al mediodía de este miércoles 24. Esta regirá durante los días de las festividades y los feriados que los siguen

Conoce cómo rige el pico y placa en Quito.

Conoce cómo rige el pico y placa en Quito.EXTRA.

Milka Franco
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El alcalde de Quito, Pabel Muñoz, a través de sus cuentas de redes sociales informó a los ciudadanos que la restricción de movilidad por placas, es decir el programa Pico y Placa, será suspendido durante la tarde de este miércoles 24 y el próximo 31 de diciembre. 

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"He dispuesto la suspensión del pico y placa la tarde de este 24 de diciembre y durante todo el 31 de diciembre", señaló el primer edil capitalino cerca del mediodía de la víspera de Navidad, luego de que se registrara gran afluencia de vehículos en toda la ciudad a causa de las festividades. 

En total, los días en los que no se aplicará el régimen serán desde las 12:00 de este miércoles 24, todo el jueves 25, el miércoles 31 de diciembre y el 1 de enero de 2026; todo en cumplimiento con la disposición de Muñoz. 

¿Qué es el 'Pico y placa' que se aplica en Quito?

En la ciudad de Quito, el sistema conocido como pico y placa es una medida de gestión del tránsito que limita la circulación de vehículos particulares y motocicletas en determinados días de la semana, de acuerdo con el último número de la placa. 

La Ruta Viva tiene 12,6 kilómetros de longitud. Es una de las vías donde más siniestralidad se registra.

La Ruta Viva tiene 12,6 kilómetros de longitud. Es una de las vías donde más siniestralidad se registra.GUSTAVO GUAMAN

Esta restricción se aplica de lunes a viernes y únicamente en horarios de alta demanda vehicular, es decir, en la mañana y al final de la tarde. La finalidad principal del pico y placa es reducir la congestión, optimizar los tiempos de desplazamiento y disminuir los niveles de contaminación, promoviendo un uso más eficiente del espacio vial urbano.

El incumplimiento de esta norma conlleva sanciones económicas progresivas, calculadas en función del Salario Básico Unificado (SBU) vigente. La primera infracción se sanciona con el 15 % del SBU, la segunda con el 30 %, y a partir de la tercera se aplica una multa del 50 % del SBU.

Actualmente, esta infracción no implica la retención del vehículo; sin embargo, el conductor está obligado a cancelar la multa correspondiente o cumplir una medida alternativa, como trabajo comunitario, conforme a lo establecido por la normativa municipal.

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