Multas y sanciones electorales del CNE en 2025: conócelas aquí.Cortesía

Estas son todas las multas y sanciones para el Referéndum y Consulta Popular 2025

Conoce las multas por no votar, faltar a la capacitación o infringir la Ley Seca durante la consulta popular y referéndum de 2025 en Ecuador

El Referéndum y Consulta Popular 2025 se llevará a cabo el próximo domingo 16 de noviembre, y todos los ecuatorianos mayores de 18 años (necesariamente hasta los 65) deberán acudir a las urnas. El voto es obligatorio, y quienes no cumplan con este deber ciudadano podrían enfrentar multas económicas, de acuerdo con lo dispuesto en el Código de la Democracia.

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) recordó que las infracciones electorales no solo se limitan a no votar, también existen sanciones por incumplir otros deberes cívicos como la asistencia a capacitaciones o el ejercicio de funciones dentro de las juntas receptoras del voto (JRV). Antes de acudir al proceso electoral, conviene conocer los valores y procedimientos para evitar multas y sanciones.

¿Cuál es la multa por no votar?

No presentarse a sufragar es una de las faltas más frecuentes en los comicios. El CNE mantiene una multa de $ 47 por no acudir a las urnas. Esta cantidad equivale al 10 % del salario básico unificado vigente, conforme a lo establecido en el Código de la Democracia.

El valor puede consultarse directamente en el portal oficial del CNE ingresando el número de cédula, y su pago puede realizarse en entidades financieras. Aunque la deuda no impide participar en futuras elecciones, permanece vigente hasta que sea cancelada y puede afectar trámites oficiales.

¿Cuál es la multa por no capacitarse como miembro de mesa?

Quienes hayan sido seleccionados como miembros de las juntas receptoras del voto también deben cumplir ciertas obligaciones. No asistir a la capacitación electoral conlleva una multa de $ 47, mientras que no presentarse a integrar la mesa el día de la votación puede costar $ 70,50.

Conoce multas y sanciones del CNE en las elecciones 2025.Cortesía

En conjunto, un ciudadano podría acumular hasta $ 165,50 si incumple las tres obligaciones principales: votar, capacitarse y asistir como miembro de mesa. Estas sanciones son personales e intransferibles, y su registro queda asociado al número de cédula.

¿Qué otras sanciones rigen durante las elecciones?

Además de las infracciones más comunes, existen faltas consideradas graves que implican sanciones significativamente mayores. Abandonar una junta receptora del voto durante la jornada electoral puede representar una multa de entre 11 y 20 salarios básicos unificados, es decir, desde $ 5.170 hasta $ 9.400.

El Código de la Democracia también establece multas de $ 235 por acciones que alteren el orden del proceso, como infringir la Ley Seca, realizar proselitismo político durante el silencio electoral, portar armas sin justificación o votar en estado de embriaguez.

Asimismo, quienes tomen fotografías o utilicen teléfonos dentro del recinto electoral podrían ser sancionados con valores que oscilan entre $ 9.870 y $ 32.900. Causar disturbios dentro o fuera de los recintos también está penado con $ 235 de multa.

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