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Las notificaciones del IRS deben atenderse para evitar sanciones legales y financieras./Canva

Penalizaciones del IRS: ¿qué contribuyentes están en riesgo y cómo evitarlas?

La agencia tributaria aplica sanciones automáticas a quienes ignoran sus obligaciones fiscales

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de Estados Unidos ha reiterado a través de canales oficiales que existen consecuencias automáticas para quienes no responden a sus obligaciones tributarias. Entre estas medidas se encuentra la imposición de gravámenes legales sobre la propiedad de los contribuyentes, una sanción que puede aplicarse si no se abona la deuda luego de recibir el primer aviso de cobro.

Estas acciones forman parte de los procedimientos establecidos por la agencia para asegurar el cumplimiento fiscal. La falta de respuesta ante los avisos emitidos puede derivar en reclamaciones legales que afectan tanto bienes actuales como futuros, incluyendo cuentas bancarias, salarios, vehículos y propiedades inmobiliarias.

¿Qué es un gravamen y cuándo se aplica?

El IRS detalla que cuando un contribuyente no realiza el pago correspondiente tras recibir la notificación inicial de deuda, se presenta un Aviso de Gravamen por el Impuesto Federal. Esta acción marca el inicio de una reclamación formal sobre los activos del deudor, y el monto reflejado corresponde exclusivamente al saldo acumulado hasta el momento de la emisión del aviso. No se incluyen intereses ni cargos posteriores asociados al trámite.

Cinco días hábiles después de esta presentación, el IRS envía un nuevo documento denominado Aviso de Presentación de Gravamen por el Impuesto Federal y Su Derecho a una Audiencia sobre el Debido Proceso de Cobro. Según la propia agencia, este comunicado otorga al contribuyente la posibilidad de solicitar una audiencia para disputar o apelar la penalización impuesta.

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El retiro del gravamen elimina la penalización del registro público y notifica a acreedores./Canva

Embargo de bienes y consecuencias legales

Si el contribuyente no resuelve la deuda dentro del plazo estipulado o no logra que se libere el gravamen tras la audiencia, el IRS tiene la facultad de aplicar un embargo sobre los bienes. En este escenario, la agencia puede proceder a incautar activos del deudor para cubrir el monto adeudado.

No obstante, existen situaciones que permiten liberar el gravamen. Entre ellas se incluyen el pago total de la deuda, la presentación de una fianza que garantice el cumplimiento de la obligación, o el cumplimiento de los términos acordados en un Ofrecimiento de Transacción aceptado por el IRS. También se contempla la liberación automática si expira el período legal de cobro.

Medidas para evitar sanciones

Para dejar sin efecto un gravamen registrado, el IRS emite un Certificado de Liberación del Gravamen por el Impuesto Federal, lo cual significa que la reclamación ya no tiene validez legal. Además, en determinados casos el contribuyente puede solicitar el retiro del aviso, lo que implica eliminar la anotación del registro público y notificar a otros acreedores que la agencia renuncia a su derecho prioritario de cobro.

El retiro puede proceder si se ha establecido un plan de pagos a plazos, si el aviso se presentó durante un período de aplazamiento o bancarrota, o si no se siguieron correctamente los procedimientos legales. Según el IRS, también se puede considerar esta opción si se determina que es en el mejor interés tanto del contribuyente como del gobierno.

El IRS recomienda a los contribuyentes mantenerse informados y actuar con prontitud ante cualquier aviso de deuda, ya que ignorar los requerimientos puede generar consecuencias financieras significativas. Asimismo, resalta la importancia de comprender los derechos disponibles, como la posibilidad de audiencias y acuerdos de pago, antes de que las sanciones escalen a medidas más severas.

Evitar sanciones como los gravámenes y embargos está al alcance de los contribuyentes que cumplen con sus responsabilidades fiscales o que buscan alternativas dentro del marco legal que ofrece la agencia. Atender los avisos a tiempo y consultar con un asesor fiscal puede marcar la diferencia.

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