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La CIDH niega arresto domiciliario a Jorge Glas, pero ordena garantizar su salud
El tribunal internacional rechazó los pedidos de internación hospitalaria y traslado del exvicepresidente Jorge Glas
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) resolvió no acoger las principales solicitudes presentadas por la defensa del exvicepresidente Jorge Glas Espinel. El tribunal descartó su internación hospitalaria urgente en una unidad psiquiátrica, el traslado a un arresto domiciliario terapéutico y el cambio de centro de detención.
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La decisión fue adoptada en el marco de las medidas provisionales solicitadas por su equipo legal, que alegaba un deterioro grave en la salud mental del exfuncionario. Sin embargo, la Corte concluyó que no existen elementos suficientes que justifiquen su salida del centro penitenciario donde cumple condena.
Lo que sí ordenó la Corte
- Aunque negó esos pedidos, la Corte IDH dispuso que el Estado ecuatoriano garantice la salud física y mental de Jorge Glas, así como su integridad personal y derecho a la vida.
- Entre las acciones que el Estado debe adoptar se encuentran:
- Asegurar condiciones adecuadas de atención médica.
- Permitir el acceso regular a sus familiares, abogados y médicos de confianza.
- Presentar a la Corte un informe en un plazo de un mes sobre las medidas implementadas.
- Remitir reportes trimestrales sobre el cumplimiento de estas disposiciones.
De esta manera, el tribunal internacional mantendrá una supervisión activa sobre la situación del exvicepresidente, aunque sin modificar su régimen penitenciario.
Un contexto médico controvertido
Meses atrás, Diario EXTRA publicó un análisis psicológico sobre el estado de salud de Glas.
En ese informe, una experta en psiquiatría señaló que el exvicepresidente podría estar exagerando sus síntomas y que las pruebas aplicadas no permiten concluir la existencia de una afectación psiquiátrica severa.
“La sintomatología descrita no corresponde a un cuadro clínico grave ni requiere internación hospitalaria”, explicó la especialista consultada.
Ese análisis —que no forma parte del proceso judicial ni de las actuaciones ante la Corte IDH— sirve para contextualizar el debate público sobre la condición de salud que la defensa de Glas ha sostenido ante instancias nacionales e internacionales.
Supervisión y próximos pasos
La Corte dispuso además que se mantenga un seguimiento médico permanente del exvicepresidente, con informes actualizados sobre su evolución y las medidas adoptadas por el Estado.
Ecuador deberá remitir esos reportes de manera periódica y garantizar que el detenido reciba atención oportuna dentro del sistema penitenciario.
La resolución reafirma que el objetivo del tribunal es proteger los derechos humanos, no modificar las condiciones de detención, mientras no existan pruebas clínicas concluyentes que ameriten un cambio de régimen.