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El tribunal declaró culpables a Jorge Glas y Carlos Bernal del delito de peculado.EFE

Jorge Glas suma otra sentencia por el caso Reconstrucción de Manabí ¿Cuántos años?

Luego de siete días de deliberación Jorge Glas Espinel y Carlos Bernal fueron condenados a 13 años de cárcel por el delito de peculado

Este lunes 30 de junio, el tribunal de la Corte Nacional de Justicia, conformado por Mercedes Caicedo, Marco Rodríguez y Javier de la Cadena declararon a Jorge Glas Espinel y Carlos Bernal, culpables del delito de peculado en el caso Reconstrucción de Manabí, acogiendo el pedido de Fiscalía de  imputarles 13 años de cárcel. 

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En el caso se investigaba el manejo de los fondos destinados a la reconstrucción de Manabí, tras el terremoto de 2016. El tribunal determinó que los exfuncionarios incurrieron en uso indebido de estos recursos públicos recaudados a través de la Ley de Solidaridad que se impuso a los ecuatorianos tras la tragedia.

El fallo se dio tras una deliberación de siete días. El tribunal también dispuso una reparación integral al Estado de 250 millones de dólares, monto que deberá ser pagado por Glas y Bernal.

Prioridades arbitrarias y falta de justificación técnica

La Fiscalía presentó más de 150 pruebas para demostrar que las decisiones de los acusados no estuvieron respaldadas técnicamente y que se priorizaron proyectos sin relación con la emergencia. "Estas obras no cubrían las necesidades de las víctimas del terremoto", se leyó en la sentencia.

El tribunal coincidió con la acusación de que se utilizaron recursos públicos para fines distintos a los establecidos por ley, como lo fue la atención urgente de las zonas afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016. "Las obras ni siquiera eran sismorresistentes", se determinó en el fallo del tribunal.

Jorge Glas refirió que no tiene dinero y que vive de la colecta de sus compañeros.RENE FRAGA

Sin administración directa, pero con influencia decisiva

Jorge Glas, como presidente del Comité para la Reconstrucción y Reactivación Productiva, no firmó contratos ni administró fondos directamente, pero el tribunal señaló que tuvo una participación activa en la priorización arbitraria de obras, pues tanto Glas como Bernal "conocían que se trataba de un acto ilícito".

En el caso de Carlos Bernal, se expuso que incluso benefició con contratos a familiares. Una empresa de su esposa sería una de las principales beneficiadas. El tribunal rechazó los argumentos de la defensa de ambos acusados, que insistían en que las decisiones respondían a la reactivación económica y que no manejaron recursos públicos de forma directa. 

En este sentido, el Tribunal ordenó a Fiscalía la investigación a personas naturales y jurídicas que hayan podido ser beneficiadas en este entramado.

Primera instancia y posibilidad de apelación

La sentencia fue unánime y corresponde a primera instancia, por lo que los sentenciados pueden presentar apelaciones o recursos de casación. Hasta que se agoten estos procesos, el fallo no estará ejecutoriado.

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