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A Miler Bolaños le volvieron a formular cargos: Este es el nuevo delito en su contra
El futbolista, que brilló en Emelec, Barcelona, Liga de Quito y jugó en el exterior, se enfrenta a la justicia ecuatoriana. ¿Le ordenaron prisión?
La situación judicial de Miler Alejandro Bolaños Reasco, futbolista profesional y actual jugador de Guayaquil City, se complicaría. Después de casi un mes de haber sido aprehendido en una ciudadela de la parroquia La Aurora, en Daule (Guayas), junto a una acompañante, la Fiscalía General del Estado decidió reformular los cargos en su contra y lo señala por un nuevo presunto delito: intimidación.
Este lunes 7 de julio de 2025, la institución informó que presentó cargos por presunta intimidación contra Miler Bolaños y Nicole Calmet, luego de recabar nuevos elementos de convicción durante la investigación del incidente ocurrido la madrugada del domingo 15 de junio, en el interior de una urbanización privada de ese cantón guayasense.
El Ministerio Público informó que de acuerdo con el parte informativo y de aprehensión, ambos se encontraban dentro de un vehículo cuando realizaron presuntos disparos al aire. Personal de seguridad privada los retuvo en el sitio y notificó a la Policía Nacional, que acudió al lugar.
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Durante la revisión del automóvil, los agentes habrían encontrado una pistola Glock con su alimentador y cuatro municiones sin percutir. Además, vecinos del sector también habrían entregado casquillos percutidos, los cuales presuntamente fueron ingresados a la cadena de custodia por la Policía Judicial.

Así habría ocurrido el suceso que involucra a Miler Bolaños
Las versiones recogidas posteriormente por la Fiscalía modificaron el panorama. Cuatro personas declararon que, ese mismo día, habrían sido amenazadas y agredidas verbalmente dentro de un domicilio por Bolaños y Calmet. Afirmaron que el futbolista regresó unos 20 minutos después con un arma de fuego, con la que volvió a intimidarlos y efectuó disparos hacia la vivienda, sin dejar heridos.
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Con base en estos nuevos elementos, en la audiencia realizada en la Unidad Judicial Multicompetente de la parroquia La Aurora, la Fiscalía presentó el parte policial, las versiones de las víctimas y de los agentes aprehensores, el arma decomisada, y el informe técnico del lugar de los hechos. La Jueza de Garantías Penales acogió el pedido fiscal y modificó el tipo penal: ya no serán procesados por porte o tenencia de armas, sino por el delito de intimidación.
¿Prisión preventiva u otras medidas para Miler Bolaños?
Además, se ratificaron las medidas cautelares impuestas en la audiencia de flagrancia del 15 de junio de 2025: presentación semanal de ambos procesados ante el fiscal del caso y prohibición de salida del país. La instrucción fiscal se extenderá por treinta días más.
La reformulación de cargos se ampara en lo dispuesto en los artículos 154 y 596 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). El primero establece que el delito de intimidación se sanciona con pena privativa de libertad de uno a tres años.
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