Exclusivo
Mundo

Proyecto de ley para deducir extorsiones de impuestos fue presentado en el Congreso del Perú.EFE

¿Deducir extorsiones de impuestos? Insólito proyecto de ley causa revuelo en Perú

Proyecto en Perú busca permitir deducir pagos por extorsión del impuesto a la renta. La propuesta genera polémica

En un giro que mezcla sorpresa y controversia, un proyecto de ley presentado en Perú por el congresista Luis Gustavo Cordero Jon Tay propone que las empresas y contribuyentes puedan deducir del impuesto a la renta los pagos realizados por extorsiones o “cupos”

(Te puede interesar: El misterio de 'Torenza' explicado: cómo detectar videos y voces falsas)

Según información publicada por la prensa peruana, la iniciativa —identificada como PL nro. 12793/2025-CR y remitida por la bancada Alianza para el Progreso (APP)— plantea modificar el literal d) del artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta para reconocer estas pérdidas como “pérdidas extraordinarias”.

La medida ha sido recibida con alarma por sectores que consideran que, en lugar de combatir las redes criminales, la propuesta podría normalizar y ‘fiscalizar’ un daño provocado por el crimen organizado. 

La propuesta en Perú sobre las extorsiones y su deducción.Unidad Digital

El texto legislativo incorpora un nuevo concepto de deducción: “Las pérdidas extraordinarias sufridas por caso fortuito o fuerza mayor en los bienes productores de renta gravada o por delitos cometidos en perjuicio del contribuyente por sus dependientes o terceros, en la parte que tales pérdidas no resulten cubiertas por indemnizaciones o seguros…”, fragmento textual que figura en el proyecto.

¿Cómo se justificaría y probaría la deducción?

El documento detalla que el contribuyente tendría que presentar “una declaración jurada con huella digital y firma legalizada notarialmente adjuntando los medios probatorios correspondientes.” 

Además, si la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) detecta información falsa, su Procurador Público quedaría facultado para formalizar la denuncia penal ante el Ministerio Público. Según el portal del Congreso, la iniciativa fue presentada el 14 de octubre y al día siguiente pasó a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.

¿Es esta una solución práctica o una rendición ante la inseguridad?

La propuesta plantea un debate complejo: por un lado, reconoce la profunda afectación económica que la extorsión causa en la liquidez y la competitividad de empresas y emprendimientos; por otro, abre la puerta a interpretaciones peligrosas sobre la relación entre el Estado, la tributación y el crimen. Para algunos, permitir la deducción sería un alivio fiscal necesario para víctimas que pierden recursos vitales; para otros, sería un mecanismo que podría facilitar el encubrimiento o la normalización de pagos ilícitos.

José Jerí, el nuevo presidente del Perú, asumió hace unas semanas.EFE

En términos fiscales, reconocer esas pérdidas reflejaría con mayor precisión la “verdadera capacidad contributiva” de los afectados, tal como lo expone la justificación del propio proyecto. En términos sociales y de seguridad, sin embargo, la iniciativa suscita preguntas no resueltas: ¿fortalece esto la acción del Estado contra las mafias o, en la práctica, las convierte en un costo empresarial más aceptado y hasta contabilizable?

El proyecto ya está en la Comisión correspondiente del Congreso y, mientras se discute, ha desatado un debate que no solo es técnico —sobre normativa tributaria—, sino también ético y de política pública: ¿qué mensaje envía el Estado si admite que el pago a la extorsión puede formar parte de la contabilidad fiscal?

¿Quieres acceder a todo el contenido de calidad sin límites? ¡Suscríbete aquí!