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Imagen referencial. Hay situaciones de esta ley que no son claras.Canva

Ley de Inteligencia, en vigencia en Ecuador: ¿Peligros ocultos en el cuerpo legal?

La norma permite interceptar, vigilar y pedir datos sin autorización judicial. Gobierno dice que servirá para anticiparse al crimen

Desde el miércoles 11 de junio de 2025 se encuentra en vigencia la Ley de Inteligencia, una norma que ha sacudido el tablero político y jurídico del país. Este cuerpo legal establece un nuevo Sistema Nacional de Inteligencia (SNI), bajo control del Ejecutivo, con facultades para obtener datos personales sin orden judicial, crear identidades encubiertas y operar con fondos reservados que se auditan en secreto y se eliminan tras su revisión.

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La intención declarada: prevenir el crimen antes de que ocurra. La preocupación generalizada: que se abra la puerta al espionaje ilegal y al uso político de la información.

¿Existen riesgos en la nueva ley?

Ana Minga, criminóloga y especialista en seguridad, analiza que se trata de una ley que “va a fortalecer el sistema de inteligencia y contrainteligencia”, algo que considera necesario en el país.

Sin embargo, sugiere que se debe contar con capacitaciones continuas y auditorías internacionales, porque existe el riesgo de que los recursos del sistema se usen de forma indebida. “Aquí la gente, o los entendidos en la materia, piensan que como van a tener su propio fondo, sus propios recursos económicos, estos pueden ser utilizados de mala manera o pueden hacer lo que les dé la gana”, indica.

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La especialista recuerda que esta ley habría sido impulsada desde 2018, durante el correísmo, y que los señalamientos actuales “ya pasan por una línea política”. Incluso así, reconoce que Ecuador es un país “corrupto y permeable” y que se necesita “gente proba, ética” para que el sistema funcione.

Sobre el acceso a la información por parte de las operadoras, lo considera positivo para investigaciones complejas. “Eso es muy bueno. Hay muchos crímenes y cosas, y las operadoras pareciera que vendieran incluso información nuestra para que nos llamen a cada rato (...). Eso ya debe parar”.

También sostiene que es necesario que se incorpore a profesionales civiles. “No solo con conocimientos técnicos de inteligencia y contrainteligencia, sino también técnicos, humanos, profesionales. El FBI (Oficina Federal de Investigación, de los Estados Unidos), por ejemplo, admite cualquier tipo de profesional que sea experto en un área específica”.

La postura del oficialismo: ADN

El asambleísta oficialista Andrés Castillo, de Acción Democrática Nacional (ADN), ha defendido públicamente la Ley de Inteligencia. Para él, se trata de una herramienta para prevenir el delito. “Lo que nos corresponde a nosotros como Estado es hacer un análisis previo a la comisión del delito para poder evitar que este suceda”, sostuvo.

Castillo subraya que la norma distingue entre lo que se investiga en inteligencia y lo que se puede utilizar en un juicio. “Una de las reglas clarísimas de la ley de inteligencia es que lo que se levante como información dentro de los procesos de inteligencia no se puede utilizar como prueba en el proceso judicial, porque en el proceso judicial sí se requiere que esa prueba se levante con orden de juez”.

Enfatiza que la Constitución define con claridad “cuál es la teoría de la prueba” y que las pruebas deben ser actuadas conforme a las reglas del debido proceso. “Si se recaban pruebas de manera ilegal, estas no pueden formar parte del proceso judicial”, agregó.

El legislador, además, sostiene que esta ley no se orientaría a la persecución política, sino a enfrentar a las mafias. “No vamos a estar utilizando eso para perseguir actores políticos, sino más bien para adelantarnos a los crímenes de la mafia y evitar que los cometan”.

El pronunciamiento de la oposición: la Revolución Ciudadana

Desde la bancada de la Revolución Ciudadana, la asambleísta Ledy Zúñiga mostró su rechazo al texto de la ley. Aunque dice estar de acuerdo con fortalecer el trabajo de inteligencia y contrainteligencia, asegura que el cuerpo legal “más allá de fortalecer, distorsiona” el sistema. La legisladora, quien además fue directora del sistema penitenciario (SNAI) durante el correísmo, recuerda que habría sido durante su gobierno cuando se impulsó por primera vez la inteligencia penitenciaria.

Para ella, hay dos artículos que le generan preocupación. El primero: el que permite “interceptar llamadas sin orden judicial hasta de cinco años”, y que solo el responsable del sistema pueda solicitarlas. “Esto vulnera el principio contemplado en la Constitución respecto del derecho a la privacidad de las personas”.

El segundo: la disposición que obliga a entregar información. “Tanto personas jurídicas, naturales, públicas y privadas tienen la obligación de entregar cualquier tipo de información que sea requerida por el CIES. No hace ninguna excepción, por ejemplo, con abogados, periodistas o médicos. La norma es muy general”.

Aunque el oficialismo asegura que todo pedido debe ajustarse a la Constitución y la ley, Zúñiga no lo cree así. “La ley tal como está redactada no dice eso. La ley dispone la obligatoriedad de entregar de forma inmediata y gratuita esta información”.

Para ella, esto convierte a la ley en “un riesgo para los ciudadanos”. Considera que se ha eliminado la protección de los datos personales. “Los datos quedarán a expensas de quienes estén a cargo del CIES (Centro de Inteligencia Estratégica), tanto de la Policía como de las Fuerzas Armadas”.

Cinco alertas sobre el nuevo cuerpo legal

El abogado constitucionalista Julio César Cueva advierte que la nueva Ley de Inteligencia contiene vacíos y riesgos que podrían vulnerar derechos.

Para él, estos son cinco puntos clave a tener en cuenta en esta ley:

1) Un reglamento que aclare aspectos que no están en la ley, pero sin reformar o ampliarla.

2) Un Programa de Cumplimiento Normativo para evitar abusos y mal uso de medios, equipos, materiales y demás. Sobre todo, para evitar:

  • Filtración de información a los investigados;
  • Espiar a un Grupo de Delincuencia Organizada (GDO) para darle información a otros GDO;
  • Uso para fines particulares (espían a la exnovia, etc.);
  • Espionaje político o a periodistas.

3) La intercepción sin orden judicial, aunque no se use en juicio, es inconstitucional y no pasa el análisis de la Corte Constitucional.

4) Un funcionario administrativo no puede estar por encima de un juez (para pedir información) ni por encima de la Constitución, para no tener que motivar (sino solo argumentar ligeramente) su petición.

5) Se debería permitir el acceso a civiles que tengan estudios de posgrado en temas relacionados de derecho, inteligencia, contrainteligencia, seguridad, tecnología, inteligencia artificial, espionaje, etc.

Imagen referencial. La nueva ley tiene artículos polémicos que han sido cuestionados desde antes de su aprobación.Canva

WhatsApp refuerza mensaje de privacidad

Dos días después de que entrara en vigencia la controvertida ley, la aplicación de mensajería WhatsApp envió un mensaje a sus usuarios reafirmando su política de privacidad: “Nadie puede ver ni leer tus mensajes personales. Ni siquiera WhatsApp”.

El comunicado, acompañado de un video explicativo y un enlace que llevaba a ampliar la información, enfatiza que la aplicación mantiene cifrado de extremo a extremo en mensajes, llamadas, fotos, audios y más, para garantizar la privacidad total del usuario.

Aunque la notificación sería parte de una campaña global, su llegada coincidió con la entrada en vigor de este cuerpo legal que autoriza al Estado a requerir información de operadoras sin orden judicial.

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