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Maltrato animal, las sanciones tibias lo permiten
Cada día son más los casos de maltrato que a diario se denuncian a través de las redes sociales. Quienes buscan el bienestar animal demandan mayor rigor en las sanciones.
El último caso de maltrato animal en Guayaquil —difundido a través de las redes sociales— indignó a la ciudadanía. El pasado 23 de febrero, un perro habría sido lanzado desde la tribuna San Martín, en el estadio Capwell.
Brauny, de 4 años, sufrió una lesión en dos vértebras tras la caída; además de un neumotórax (aire en sus pulmones). Hasta la tarde del domingo, el oxígeno adicional era extraído por unos tubos.
Aunque se creía lo contrario, Brauny no es callejero. El ‘perrito San Martín’ —como se lo conoció al inicio— pertenece a Byron Bajaña, un cuidador de carros. A través de una denuncia, Bajaña solicitó que se expongan los videos de las cámaras del estadio para encontrar a los autores de los sucedido. Ahora, el perro está en cuidados intensivos, estable y en observación.
El caso de Brauny no es algo nuevo. Cada día son más los casos de este tipo que a diario se denuncian a través de las redes sociales. Quienes buscan el bienestar animal demandan mayor rigor en las sanciones.
Estas eran las que se buscaban con la Ley Orgánica de Bienestar Animal (LOBA), cuyo borrador fue presentado el 30 de octubre de 2014 en la Asamblea Nacional; y estaba compuesto de 70 artículos.
En 2015, la Comisión de Biodiversidad de la Asamblea analizó este proyecto, pero el Legislativo la descartó como Ley Orgánica y agregó solo 14 artículos dentro de un capítulo en el Código Orgánico del Ambiente donde solo se abarca animales de fauna urbana. La propuesta inicial contemplaba a animales de consumo, granja, tracción o trabajo, y experimentales.
Trato justo e igualitario para los animales
Viviana Vásconez, presidenta de la fundación Rescate Animal, opina que quienes incurren en este tipo de acciones tienen distintas motivaciones. Cita al desconocimiento como principal causa.
Para ella, a los animales no se los ve como seres que sienten, con necesidades y que deberían ser sujetos de derecho. “A pesar de ser diferentes, merecen un trato ético”, dice.
Otros problemas —menciona— son la cosificación y el especismo (discriminación por considerarlos especies inferiores). Ante esto, “los animales no tienen todas las consideraciones que requieren”. Pues —recalca— ellos también necesitan atención, salud, alimentación, cuidados, entre otros.
Sanciones y protección animal
Pese a que no existen leyes puntuales que permitan sancionar con rigor a maltratadores de animales, el Código Orgánico del Ambiente dispone de un capítulo especial dedicado a la fauna urbana.
Este tiene por objeto “la promoción y la garantía del bienestar animal, a través de erradicar la violencia contra los animales, fomentar un trato adecuado para evitarles sufrimientos innecesarios y prevenir su maltrato, y de aplicar y respetar los protocolos y estándares derivados de instrumentos internacionales reconocidos por el Estado”, según reza el artículo 139 de la normativa.
Existen 17 prohibiciones entre generales y específicas para el trato con animales estipuladas el artículo 147 del Código. Entre ellas, provocar el maltrato, daño o muerte de los animales, abandonarlos, mantener animales aislados o hacinados, la donación como premio, recompensa o reclamo, entrega de animales de compañía para laboratorios y clínicas de experimentación, crianza, tenencia o comercialización de fauna silvestre exótica o nativa o sus partes constitutivas.
Vásconez también destaca la sección que señala que los Gobiernos Autónomos
Descentralizados (GAD) tienen la competencia de ocuparse de los animales y de regular su vivencia con los humanos (artículo 144).
Respecto a los GAD, la activista indicó que hasta el mes de abril del presente año, los municipios a nivel nacional deberán contar con ordenanzas en pro del bienestar animal. Esto ayudará a que se que se puedan abrir procesos administrativos en contra de agresores y la ciudadanía podrá denunciar directamente en los cabildos.
Los municipios de Quito, Guayaquil, Durán, Ambato, Tulcán y Loja son los que ya cuentan con una ordenanza reguladora.
Sanciones a maltratadores
Actualmente las únicas sanciones vigentes están en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), que en su artículo 249 castiga con 50 a 100 horas de trabajo comunitario a quien maltrate a un animal. Además, establece para quien cause la muerte de un animal de compañía una sanción de entre tres y siete días de prisión. Estas son de carácter contraventor y no representan un delito.
Vásconez explica que por su tipo, es más fácil para el agresor ya que los jueces no suelen sancionar con prisión, sino que dan más horas de trabajo comunitario.
Mientras el Código Civil considera a los animales domésticos, sean éstos perros, gatos, etc., como bienes muebles, y la forma de adquirir su dominio es la ocupación. Al estar planteado de esta manera también dificulta la defensa del animal según la activista, debido a que “en el escenario de matar o robar alguno, es visto como una cosa, como robar una bicicleta o robar un carro”, explica.
Para Vásconez, “la legislación es nula porque las autoridades no están sensibilizadas y socializadas con lo mucho o poco que hay (sanciones) y que en ocasiones hasta se burlan de casos de maltrato animal”.
A trabajar por cambios
Vásconez dice que para las ONGs como la que preside, es una lucha diaria Su objetivo es que se reformen las sanciones por maltrato y este deje de ser solo una contravención y pase a ser un delito.
Lo siguiente para las fundaciones será replantear las sanciones en el Código Civil y endurecer las penas establecidas en el COIP y reforzar la aplicación del Código de Ambiente como punto de partida donde los GAD pueden trabajar. Asimismo, la activista espera que el Gobierno Nacional se interese más en el tema. “Si no existe voluntad política, no vamos a llegar a ningún lado”, dice.
Desde su posición como fundación, Rescate Animal trata de cambiar la mentalidad de la gente. La fundación brinda —a través del Centro Comunitario por la
Liberación Animal (COLA)— capacitaciones, asesoría legal gratuita, además de atención veterinaria a bajo costo. “Tratamos de concientizar sobre la salud animal e incentivar a la ciudadanía a denunciar casos de maltrato”, agrega Vásconez.
¿Que se hace por los animales en Guayaquil?
El Municipio de Guayaquil, a través su Dirección de Salud e Higiene y la Jefatura de Bienestar Animal, realiza las siguientes acciones:
- Desparasitación.
- Inmunización contra la rabia.
- Cirugías menores y programadas.
- Esterilizaciones.
- Educación en salud animal.
El concejal Josué Sánchez, promotor de la Ordenanza de apoyo a la protección integral de los animales de compañía que se aprobó en 2016, habla a continuación de las tareas que viene cumpliendo la entidad municipal en favor de los animales.
| DESPACHO LEGAL | |||
|---|---|---|---|
| Casos según especie | |||
| Especie | NO. | ||
| Canina | 119 | ||
| Felina | 19 | ||
| Varias | 4 | ||
| 142 | |||
| Casos por ciudad | |||
| Ciudad/Especie | Canino | Felina | Varias |
| Guayaquil | 62 | 9 | 1 |
| Daule | 7 | 1 | 0 |
| Quito | 6 | 0 | 1 |
| Samborondón | 3 | 1 | 0 |
| Duran | 2 | 0 | 0 |
| Milagro | 1 | 0 | 0 |
| Salinas | 1 | 0 | 0 |
| Portoviejo | 0 | 1 | 0 |
| Riobamba | 1 | 0 | 0 |
| Posorja | 1 | 0 | 0 |
| Guabo | 1 | 0 | 0 |
| Sin especificar | 34 | 7 | 2 |
| Total | 119 | 19 | 4 |
| Tipología por especie | |||
| Tipología / Especie | Canino | Felina | Varias |
| Maltrato | 52 | 3 | 2 |
| Incomodidad | 40 | 3 | 0 |
| Abandono | 10 | 3 | 1 |
| Muerte | 8 | 10 | 0 |
| Enfermedad | 2 | 0 | 0 |
| Hambre | 6 | 0 | 0 |
| Venta ilegal | 0 | 0 | 1 |
| Hurto | 1 | 0 | 0 |
| Solicitudes | |||
| Solicitud | Casos | ||
| Asesoría | 116 | ||
| Solicitud de rescate | 26 | ||