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Bienestar animal en Ecuador: la deuda pendiente pese a derechos en la Constitución
En Ecuador no se garantizan completamente los derechos de los animales, dicen especialistas. Especialistas analizan el tema y detallan las falencias
Pese a que Ecuador reconoce los derechos de la naturaleza en su Constitución, el bienestar animal sigue siendo una deuda pendiente. Mientras en la Asamblea Nacional se tramita el proyecto de Ley Orgánica para la Protección y Defensa de los Derechos de los Animales (Lopda), varios colectivos animalistas han levantado la voz. No solo discrepan con algunos puntos del proyecto, sino que advierten que en el país aún no existen condiciones reales que garanticen una vida digna para los animales.
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Aquella afirmación la fundamentan exponiendo los problemas con las políticas en favor de los animales. Por ejemplo, que las esterilizaciones gratuitas no se dirigen a quienes deberían, el bajo número de municipios con ordenanzas en este ámbito, limitaciones para judicializar casos de maltrato y la necesidad de cambiar ciertos procesos industriales.

Para Ramiro Tamayo Benavides, coordinador del Observatorio de la Política Pública de Bienestar Animal del Ecuador, las falencias parten de que menos de la mitad de las alcaldías cuentan con normativas al respecto, a pesar de ser una exigencia del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) y del Código Orgánico del Ambiente (COA).
Aclara que, si bien no hay datos exactos de cuántos cabildos tienen estos cuerpos legales, según información levantada por el observatorio, no superarían los 70 municipios de los 221 que existen en total.
“No todos los GAD (Gobiernos Autónomos Descentralizados) pueden tener ordenanzas por su capacidad económica, por su capacidad administrativa”, comenta. En su criterio, esas limitaciones implican que las ordenanzas que existen no sean del todo efectivas.
Para Mónica Cabrera Bohórquez, directiva de la fundación Rescate Animal Ecuador e integrante del colectivo LOA, hay que buscar el mecanismo para que los municipios cumplan.

“Una de las cosas fundamentales es que, si los municipios no tienen ordenanza, no tienen presupuesto, básicamente, porque la ordenanza es la que hace que se asignen los recursos”, manifiesta.
Sin embargo, Tamayo considera que debería ser el Estado el que tenga la competencia. Argumenta su punto de vista en que, desde la misma Constitución de la República, se establecen derechos de la naturaleza. Por tanto, cree que el mismo Estado debe garantizarlos.
“Holanda (Países Bajos) es el único país en el mundo sin animales en situación de calle. ¿Por qué? Porque el gobierno central tomó la batuta del bienestar animal”, cita como ejemplo.
Direccionar esterilizaciones
Tamayo y Cabrera coinciden en la necesidad de que las esterilizaciones gratuitas estén direccionadas hacia los propietarios de mascotas de escasos ingresos, optimizando el presupuesto.
#ATENCIÓN | Asamblea Nacional decidió que el proyecto de Ley Orgánica para la Protección y Defensa de los Derechos de los Animales, LOPDA, retorne a la Comisión de Biodiversidad para incorporar aportes de los legisladores. pic.twitter.com/vrH1A77UO2
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) May 12, 2025
“Los recursos municipales deberían ser destinados a esterilizar animales en situación de calle y animales de personas con menos ingresos. No me parece justo que las alcaldías tengan que asignar recursos para esterilizarle el perro o el gato a una persona que sí lo puede pagar”, dice enfática.
Tamayo complementa la idea resaltando que las municipalidades también deben enfocarse en proporcionar esterilizaciones en las zonas de difícil acceso y situación económica como las rurales, pues son, precisamente, los territorios en donde los animales se reproducen sin control.
Ambos expertos manifiestan que las esterilizaciones deben ser de cumplimiento obligatorio para todo dueño, para evitar un exceso de población animal que podría desencadenar en que aumenten los ejemplares en situación de calle.
Trabas judiciales y prevención
Otro problema señalado por los especialistas es la dificultad para judicializar los casos de maltrato. El Código Orgánico Integral Penal establece sanciones para quienes causen lesiones, ejecuten abusos sexuales, maten y hagan participar en peleas a animales de la fauna urbana, pero estos son delitos de acción privada.
“Esto significa que una persona o una organización debe presentar una querella directamente en el juzgado. Y de ahí toca pagar peritajes, abogados, trámites judiciales, cosas que van entre 3.000 a 5.000 dólares como mínimo. No todos tienen el dinero para promover el proceso. Si se cambian a delitos de acción pública, la Fiscalía sería la que impulse la causa, peritajes, pruebas de cargo y descargo, y demostrar que la persona cometió el delito”, detalla.
Cabrera indica que también es necesario trabajar en la prevención de estos delitos y en detectar otros posibles comportamientos agresivos. Cita que en España se trabaja en estudios de violencia interrelacionada, en los cuales se concluye que las actitudes de violencia contra los animales podrían replicarse hacia las personas.
También refiere que en ese país europeo, los veterinarios están capacitados para averiguar si las lesiones de sus pacientes fueron provocadas por maltratos de una persona del entorno familiar, para también advertir si en ese hogar existe violencia intrafamiliar.
Esos esfuerzos se complementan con campañas educativas en escuelas, colegios y otros entornos sociales, para que haya un mejor entendimiento de que los animales no deben ser violentados ni expuestos a situaciones difíciles, como los abandonos.

Desacuerdos con nueva ley
El proyecto de ley (Lopda) que actualmente se tramita en la Asamblea Nacional es tratado en la Comisión de Diversidad. En el período anterior del Legislativo se sometió a votación su archivo, pero no hubo los votos necesarios. Los asambleístas recién posesionados el 14 de mayo de 2025 deberán continuar su trámite.
Colectivos y ONG se han opuesto a ciertos puntos del proyecto: que reconoce como expresiones culturales prácticas violentas como las corridas de toros y las peleas de gallos; que permite el uso de animales para experimentación; y que impide que los municipios sancionen la zoofilia.
“Dice que se puede realizar eutanasias para la preservación, la preservación de ecosistemas, preservación de refugios. Entonces, si tengo un refugio, como está autorizado, da a entender que puedo hacer eutanasias para conservarlo”, cuestiona Tamayo.
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