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Diario Extra Ecuador

¿Sube el pan y la leche? El SRI aclara cuáles productos pagarán 15 % de IVA

El SRI definió qué bienes pierden el beneficio de la tarifa 0 % por no considerarse en estado natural. Conoce si la leche o el pan pagarán más impuestos

El SRI hizo precisiones sobre el IVA para la leche y el pan.

El SRI hizo precisiones sobre el IVA para la leche y el pan.CANVA

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El Servicio de Rentas Internas (SRI), el 25 de marzo de 2026, confirmó que varios alimentos que antes no pagaban impuestos ahora están gravados con el 15 % de IVA. 

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Esta medida responde a una aclaración técnica sobre qué bienes dejan de considerarse en estado natural y, por ende, pierden el beneficio de la tarifa 0 %.

El criterio del procesamiento

La entidad apoya su decisión en el artículo 55 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Bajo esta interpretación, todo alimento que haya pasado por algún nivel de procesamiento, preparación o mezcla queda automáticamente gravado. 

Inicialmente, se incluyeron en este grupo las leches deslactosadas, descremadas o saborizadas, además de cualquier pan que no calificara como "tradicional".

Marcha atrás en la leche nacional

No obstante, tras las críticas generadas, el SRI emitió una nueva aclaración el 2 de abril de 2026. En este alcance, la autoridad sostiene que la leche de producción nacional, descremada y semidescremada, mantiene el 0 % de IVA.

La leche descremada y semidescremada de producción nacional mantiene la tarifa del 0 %

La leche descremada y semidescremada de producción nacional mantiene la tarifa del 0 %EXTRA

"Se entiende que la leche nacional, en sus variantes descremada y semidescremada, se encuentra gravada con tarifa cero", precisó la entidad.

Sin embargo, existe una excepción clave: si el producto contiene aditivos, enzimas, saborizantes o frutas, se aplicará el 15 % de IVA, pues estos elementos modifican su naturaleza original.

¿Qué pasa con el pan?

En cuanto al pan, el impuesto del 15 % se aplica a aquellos productos que no cumplan con la Norma Técnica Ecuatoriana 2945 del INEN.

Los tipos de pan que quedarían exentos del impuesto son:

  • Pan (o pan de agua): Es el producto básico resultante del horneado de una masa fermentada compuesta por harina de trigo, agua, sal y levadura.
  • Pan común: Elaborado con la base tradicional, pero con la posibilidad de añadir grasas o azúcar. En esta categoría se incluyen variedades populares como los enrollados, cachitos, pan de dulce, de miga e injertos.
  • Pan especial: Aquel que utiliza harina de trigo u otros cereales, pero incorpora ingredientes enriquecedores como leche, huevos o frutas. Ejemplos de esto son el pan de pascua, de yema o de maíz.
  • Pan integral: Producido con harinas de cereales de grano entero e ingredientes básicos. Abarca variedades como el pan de avena, quinua o centeno.
  • Pan integral especial: Utiliza harinas integrales complementadas con elementos adicionales como granos, frutas u oleaginosas (semillas de chía, linaza o sésamo).
El pan enrollado no pagaría IVA del 15 %.

El pan enrollado no pagaría IVA del 15 %.Canva

Aquellos que no se adecuen a estas definiciones técnicas deberán pagar el tributo completo en el punto de venta.

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